El Código de la Familia en Panamá cumplió más de 30 años. Se empezó a discutir una década antes de su aprobación en 1995, lo que significa que, técnicamente, nuestro código nació “viejo”. Panamá sigue gestionando su realidad más íntima con un marco normativo que responde a los paradigmas de otra época.
No se trata de una crítica, sino de un punto de partida necesario: la ley no está incorrecta, es simplemente insuficiente. Y en el derecho, esa diferencia puede cambiarle la vida a una familia.
El abismo entre la norma y la realidad actual
Hoy las familias enfrentan desafíos que el legislador de 1994 nunca pudo anticipar:
- El techo de cristal del patrimonio familiar: El límite de B/. 100,000.00 para constituir un patrimonio familiar inembargable tenía sentido en los años 80. Hoy, con el aumento del valor de las propiedades, ese monto excluye a la clase media que busca proteger su hogar.
- Bienes que ya no son “lineales”: Antes hablábamos de una casa y un carro. Hoy lidiamos con sociedades anónimas, fideicomisos, fundaciones de interés privado y activos en múltiples jurisdicciones. El Código no fue diseñado para “leer” estas estructuras complejas, y cuando se intenta, las soluciones suelen ser inexistentes o confusas.
- Familias transnacionales vs. procesos territoriales: El mundo se globalizó, pero los procesos siguen atados a la frontera. Esto genera demoras y duplicidad de trámites que afectan directamente el bienestar de los hijos, quienes a veces quedan atrapados en un limbo jurídico por años.
- La infancia en la era digital: La identidad, la imagen y la exposición de los hijos en redes sociales o el impacto de la Inteligencia Artificial no tienen una protección clara en el sistema original. Seguimos aplicando reglas “analógicas” a conflictos que nacen y crecen en entornos digitales.
Un contraste que nos debe hacer reflexionar
Hay un dato que no podemos ignorar y causa tristeza: en 1994 el discurso central era la prevención, la protección y el desarrollo humano. Sin embargo, en 2026, la conversación nacional ha girado hacia temas como reducir la responsabilidad penal a los 10 años.
Este contraste es alarmante. Si hoy nos vemos obligados a discutir medidas socioeducativas o penas para niños tan pequeños, es porque el sistema falló mucho antes: falló en el acompañamiento, en la prevención y en su capacidad de adaptarse a lo que las familias realmente necesitaban.
¿Hay una solución mientras la ley cambia?
Aunque el Código se quede corto, no estamos desprotegidos. Panamá cuenta con “super herramientas” como la Convención sobre los Derechos del Niño y las 100 Reglas de Brasilia.
Gracias a técnicas que usan los jueces, como el control de convencionalidad, es posible aplicar protecciones internacionales de derechos humanos cuando la ley local tiene un vacío. El objetivo es pasar de una justicia que solo dicta sentencias a una Justicia Terapéutica, que busque sanar el conflicto familiar y humanizar los procesos.
La pregunta no es si la ley debe actualizarse. La pregunta es si estamos dispuestos a reconocer que la solución de ayer ya no da los frutos esperados.
Tanto la norma como su interpretación se vuelven insuficientes cuando se aplican sin comprender la realidad social de quienes acuden a pedir justicia.
¿Crees que Panamá finalmente está lista para tener esa conversación?
Autora: Kathia Bedoya
Abogada de Familia | Experiencia | Criterio | Perspectiva
© Kathia Bedoya.
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